VISTO:
CONSIDERANDO
Que los vecinos de nuestra ciudad para realizar las denuncias correspondientes en temas de familia y minoridad se ven obligados a trasladarse a la ciudad de Rosario ya que nuestra ciudad no cuenta con una defensoría Zonal que pueda tomar las denuncias, ni con la posibilidad de litigar sobre estos temas que necesitan, por las características de los mismos resoluciones inmediatas, siendo la mas cercana la Defensoría Zonal Nº 4 ubicada en calle Arijon y Bermúdez de Rosario.
Que el municipio vecino de rosario suscribió un acuerdo de cooperación con el Poder Judicial de la provincia de santa fe, cediendo oficinas para su funcionamiento en los Centros de Distrito Oeste, Sur y Sudoeste para la instalación de Defensorías Generales Zonales, a fin de descentralizar geográficamente la administración de Justicia medida que seria de suma importancia lograr implementar este tipo de acuerdo para nuestro municipio.
Que las Defensorías Zonales del Poder Judicial reciben consultas de todo tipo, la mayoría de las cuales se vincula a cuestiones de divorcios, alimentos, tenencias, regímenes de visitas, violencia familiar, deserción escolar, inscripción tardía de hijos, asuntos penales etc.
Que es por estas circunstancias, hoy planteamos, tal cual lo previera el legislador en la redacción de la Ley Orgánica del Poder Judicial Art. 144 lo siguiente “el procurador general determinará el número y designará a los defensores generales que actuarán en las zonas periféricas o marginadas” en caso de los Distritos 1 y 2, consignándose a tal fin “facultades suficientes para fijar el lugar de atención al público y el ámbito territorial en el cual deben ejercer su ministerio”.
Cabe mencionar asimismo que cada Defensoría atiende un promedio de 150 personas por día y se ven desbordadas en su atención por la falta de empleados y medios para la resolución los conflictos planteados.
Por todo lo expuesto los el Bloque Frente Progresista Cívico y Social eleva al resto del cuerpo el siguiente proyecto de
DECRETO
Art Nº 1: El Departamento Ejecutivo Municipal iniciara gestiones ante el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, por intermedio del Procurador General, para que arbitre los medios necesarios para La designación de un Defensor General Zonal en el Circuito Judicial Nº 33 comprendido dentro del Distrito Judicial Nº 2, con sede en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Departamento Rosario, para la recepción de las denuncias correspondientes de las localidades que comprende dicho Circuito.
Art Nº 2: autorizase al Intendente Municipal a firmar convenio con lo organismos provinciales competentes.
Art Nº 3: De Forma.
Dado sala Bloque Frente Progresista Cívico y Social a los 10 días del mes de noviembre de 2010.