lunes, 4 de octubre de 2010

Proyecto de Ordenanza: Creacion del Consejo Local de Inclusión de la Problemática de la Discapacidad

VISTO:
         La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas aprobada por la resolución 64/106, la Ley Nacional 26.378 aprobando la misma, la Ley Provincial Nº 9325, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39 y

         CONSIDERANDO:
         Que la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad decidió establecer un comité especial donde invita a todos los Estados miembros a participar para que se examinen “las propuestas relativas a una Convención Internacional amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, sobre la base de un enfoque holístico de la labor realizada en las esferas del desarrollo social, los derechos humanos y la no discriminación”.
         Que nuestro país aprobó dicha Convención a partir de la Ley mencionada en los vistos.
         Que nuestra provincia cuenta con legislación sobre la temática, que abarca diferentes cuestiones, tales como la definición y calificación de la discapacidad, los servicios de asistencia y prevención, salud y asistencia social, trabajo y educación.
         Que la Ley Provincial, en su Art. 26, invita a las Municipalidades a dictar en sus jurisdicciones regímenes normativos que establezcan principios análogos a los de esta Ley.
         Que en nuestra localidad se puso en funcionamiento el Centro de Atención a la Discapacidad (C.A.D), donde se facilita la tramitación de Pensiones a nivel Provincial y Nacional, se atienden casos puntuales derivándolos a las áreas correspondientes y se formulan políticas a seguir en este tema.
         Que existen numerosas instituciones civiles que trabajan sobre la discapacidad, siendo éstas de carácter laboral y/o educativo, fomentando la inclusión en distintos espacios de la sociedad a quienes por nacimiento o distintas causas ven reducidas sus capacidades motrices o intelectuales.
         Que resultaría positivo el hecho de que el Estado Municipal, las Instituciones civiles y particulares pudieran sentarse en la misma mesa a discutir sobre la orientación de las Políticas Públicas sobre la discapacidad, aportando entre todas las partes, distintas ideas y experiencias que desembocarían en proyectos amplios y consensuados, facilitando su futura implementación.
         Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento el siguiente proyecto de

ORDENANZA

         Art. 1º.- , el que estará integrado por 2 representantes del Departamento Ejecutivo, siendo 1 de estos integrante del C.A.D (Centro de Atención a la Diversidad) dependiente de la Secretaría de Promoción Social y 1 de la Secretaría de Salud, 2 representantes del Concejo Deliberante siendo éstos 1 por el bloque mayoritario y 1 por la minoría, 1 representante por institución civil e institución educativa con sede y funcionamiento en Villa Gdor. Gálvez abocada a abordar la temática de la discapacidad y 4 discapacitados rehabilitados de distintas patologías.

         Art. 2º.- Este Consejo será de carácter consultivo, no vinculante, teniendo como fin asesorar y elevar proyectos al Departamento Ejecutivo Municipal, colaborando con la difusión de las políticas a realizar sobre la temática.

         Art. 3º.- La ausencia de algún integrante del Consejo mencionado en el Art. 1º no será impedimento para el funcionamiento del mismo.

         Art. 4º.- Una vez constituido el Consejo Local de Inclusión de la Problemática de la Discapacidad, el mismo fijará su propio reglamento, horario y lugar de reunión.

         Art. 5º.- El Departamento Ejecutivo Municipal  facilitará el lugar físico necesario para el funcionamiento de este Consejo en caso de no contarse con uno.

         Art. 6º.- De forma.

         Dado en Sala Bloque Frente Progresista Cívico y Social, 18 de mayo de 2010.-


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